stá comprobado que las políticas de detención cada vez más estrictas no son capaces de detener una migración motivada por causas estructurales y urgentes.
En muchos países, la detención es el paso previo a la deportación, lo que impide la posibilidad de solicitar asilo. Además, dada su sistematicidad y sus objetivos, la detención migratoria se asemeja a una detención penal y no se garantizan condiciones mínimas de respeto a los derechos humanos. No existen protocolos que garanticen la no detención de niñas, niños y adolescentes, como lo establece el derecho internacional y las legislaciones locales, ni para garantizar la protección de mujeres y niñas frente a la violencia de género, o de condiciones diferenciadas para población LGBTTTIQ+; sumado a ello, en el contexto de la pandemia por Covid-19 no se desarrollaron protocolos de prevención y atención de contagios.
Así, la detención migratoria, además de constituir de manera recurrente formas de tortura, o tratos y penas crueles, inhumanos y degradantes, implica la violación del derecho a buscar y recibir asilo y los principios internacionales de no devolución y no sanción por ingreso irregular.